Browsing by Subject "Huelga"
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- PublicationOpen AccessAnálisis y reflexiones sobre la inédita Ley orgánica de huelga :la gran asignatura pendiente del legislador laboral.(Colex, 2024) Rodrigo Sanbartolomé, Francisco AgustínSi bien el art. 28.2 de la Constitución Española encomendó al legislador la aprobación de una Ley (Orgánica) que regulase el ejercicio del derecho fundamental de huelga y las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, actualmente, la regulación de la huelga en nuestro país se contiene en un Real Decreto Ley preconstitucional: el RDLRT 17/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo. Aun cuando, tras más de cuatro décadas de incumplimiento del mandato constitucional, dicha norma, ha bastado —con la depuración constitucional realizada por la STC 11/1981, de 8 de abril y posteriores— para la regulación del derecho de huelga en nuestro país, existen importantes razones, no sólo formales, que hacen perentoria la promulgación de una nueva norma. El presente estudio tratará de dar cuenta de todo ello, realizando un somero análisis de la regulación vigente y de los principales problemas aplicativos que, durante todos estos años, ha puesto de manifiesto la necesidad de reconducirse a una norma obsoleta, preconstitucional y con vigencia parcial como consecuencia de la depuración operada por la jurisprudencia constitucional. Asimismo, con relación a cada uno de estos problemas, tratarán de ofrecerse, en un plano lege ferenda, proposiciones a incorporar en una futura Ley Orgánica de Huelga.
- PublicationOpen AccessThe application of the EU Charter of Fundamental Rights in Italy. The Labour Law perspective.(Colex, 2025) Giampà, Gianluca; Casu, Angelo; Izzo, Umberto; Perri, Giulia; Ferraro, Fabrizio; Sin departamento asociadoEste artículo examina la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamen-tales de la UE (CDF) en el ordenamiento jurídico italiano, con especial atención al dere-cho laboral. Desde que la Carta adquirió fuerza vinculante con el Tratado de Lisboa, su integración en el marco constitucional italiano —caracterizado por una sólida protec-ción de los derechos constitucionales y la primacía del derecho de la UE— ha generado importantes avances en la protección de los derechos de los trabajadores. El análisis explora cómo los tribunales italianos, en particular el Tribunal Constitucional y el Tribu-nal de Casación, emplean la Carta en casos relacionados con la no discriminación, la dignidad en el trabajo, la protección de datos, los derechos colectivos y la protección de los trabajadores vulnerables. Si bien la CDF se aplica principalmente en situaciones que implican la implementación del derecho de la UE, la jurisprudencia italiana la utiliza cada vez más como parámetro normativo para interpretar las disposiciones nacionales de conformidad con los derechos fundamentales de la UE. Esta interacción ha fortalecido el escrutinio judicial sobre las facultades de los empleadores, reforzado las garantías procesales para los empleados y ampliado las protecciones en ámbitos como el des-pido, la privacidad en el lugar de trabajo y el empleo atípico. Sin embargo, aún persisten debates doctrinales y judiciales sobre el alcance exacto de la Carta, su relación con la Constitución italiana y la necesidad de criterios operativos consistentes.
- PublicationOpen AccessHackear el sistema operativo del arte: nuevas formas de resistencia al trabajo en Strike (2010) de Hito Steyerl(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 2023) Derrac Soria, ClaraEl siguiente ensayo se centra en el ámbito digital para examinar el modelo de trabajo en la Nueva Economía, investigando cómo la tecnología y sus mecanismos de vigilancia generan y explotan subjetividad. Para ello, reconsidero la obra de Hito Steyerl Strike (2010) como una llamada a subvertir el poder biopolítico de las tecnologías de la información. Mi análisis de la obra de Steyerl busca desvelar las implicaciones sociales y materiales de lo tecnológico, el trabajo no remunerado que sustenta Internet y el sistema de dominación ejercido por el capitalismo de la vigilancia, que se lucra con el tráfico de datos y la modificación de la conducta. Frente a esto, sostengo que Strike (2010) propone una reapropiación de la máquina como forma de huelga. Así, la pieza de vídeo de Steyerl sirve como punto de partida para rastrear prácticas artísticas intervencionistas que, a través del tactical media y el hacking, tratan de invertir los mecanismos de vigilancia de la red, revelando su potencial como gestos de disidencia dentro de un mundo del arte cada vez más informatizado.
- PublicationOpen AccessMilitarización de trabajadores en huelga o sustitución por efectivos militares.(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 1985) García Abellán, Juan
- PublicationOpen Access¿Obligación empresarial de colaborar en el éxito de la huelga? El caso de las actividades automatizadas de la empresa(Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, 2021) Cámara Botía, Alberto; Derecho del Trabajo y de la Seguridad SocialEn este estudio se comenta el voto particular del magistrado Aurelio Desdentado Bonete a la STS de 5 de diciembre de 2012 (rc. 265/2011[ECLI:ES:TS:2012:9176]). La falta de desarrollo legislativo del art. 28.2 CE ha generado un intenso protagonismo judicial en la ordenación del derecho de huelga. La inicial depuración del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo por la STC 11/1981, de 8 de abril ha sido completada y continuada por numerosas sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo que, más allá de interpretar la norma de 1977, han creado reglas que suplen, parcialmente, a la inexistente Ley Orgánica de Huelga. Así sucede con la sentencia en la que se formuló el voto particular objeto de comentario en estas páginas, que establece una nueva norma para un supuesto no contemplado por el RDL 17/1977: el llamado “esquirolaje tecnológico”. Varias circunstancias contribuyen a resaltar el interés e importancia tanto de la sentencia como del voto particular comentados, de los que se da cuenta en estas páginas: a) Se trata de una sentencia dictada en Sala General, en la que seis de los catorce magistrados firmantes suscriben votos particulares. b) La sentencia se aparta del criterio del Tribunal, fijado seis meses antes en la STS de 11 de junio de 2012 (rec. 110/2011[ECLI:ES:TS:2012:5579]), cuyo ponente fue D. Aurelio Desdentado. c) La STC 17/2017, de 2 de febrero estableció una nueva doctrina sobre el llamado “esquirolaje tecnológico”, que desautoriza la afirmada en la STS de 5 de diciembre de 2012.