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Repositorio Institucional de la Universidad de Murcia

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    Análisis de la calidad de los partes de lesiones emitidos a víctimas de violencia de género en la Región de Murcia durante el año 2018 : adecuación a las exigencias judiciales
    (Universidad de Murcia, 2022-10-24) Reynaldos García, Belén; Osuna Carrillo-Albornoz, Eduardo Javier; Sánchez Rodríguez, María Faustina; Escuela Internacional de Doctorado
    INTRODUCCIÓN. La violencia de género constituye un grave problema de salud pública con dramáticas consecuencias para las mujeres de nuestra sociedad, constituyendo los profesionales sanitarios un eslabón clave para la detección y canalización de los casos de violencia de género hacia el ámbito judicial mediante la emisión del parte de lesiones, documento de incuestionable valor dentro del proceso judicial. OBJETIVOS. Se ha realizado un estudio descriptivo analítico de la calidad de los partes de lesiones emitidos a mujeres víctimas de violencia de género durante el año 2018 en la Región de Murcia. Analizamos distintos factores que influyen en la calidad de la información: el modelo empleado, el formato de redacción, el equipo sanitario responsable, el tamaño del municipio de residencia de la mujer, el sexo del facultativo y los antecedentes de violencia. MATERIAL Y MÉTODOS. Realizamos un estudio transversal, observacional y descriptivo, utilizando los partes de lesiones disponibles en la base de datos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Murcia. El tamaño muestral fue de 1040 documentos, compuesto por una población de 842 partes de lesiones y una muestra de 198 informes clínicos de alta. El análisis descriptivo e inferencial se realizó mediante IBM© SPSS© Statistics 25. RESULTADOS. Observamos diferencias estadísticamente significativas en la calidad de los partes de lesiones en múltiples variables, asociadas al modelo utilizado, el formato de redacción, el equipo asistencial, el tamaño del municipio de residencia, los antecedentes de violencia y el sexo del facultativo. CONCLUSIONES. Identificamos importantes carencias en la inclusión de datos determinantes para la investigación judicial, de gran trascendencia para la adopción de medidas de protección y prevención de nuevas agresiones. Es necesaria la normalización y digitalización del procedimiento para evitar la pérdida de información. Los partes de lesiones normalizados presentan mayor calidad en datos relacionados con la vulnerabilidad de la mujer y los informes clínicos en los datos de identificación y los procedentes de la anamnesis. El tipo de asistencia condiciona la información contenida en el parte de lesiones, siendo generalmente mejores los procedentes de servicios de urgencias hospitalarias o en municipios de mayor tamaño. No se constatan grandes diferencias asociadas al sexo del facultativo, no obstante, observamos una tendencia a una mayor calidad cuando el facultativo es una mujer. La existencia de antecedentes de violencia de género influye positivamente en la calidad del documento. Es indispensable la formación y sensibilización de los profesionales sanitarios sobre la correcta cumplimentación de los partes de lesiones, especialmente en casos de violencia de género, dada la importancia medicolegal de este documento para la valoración judicial y la adopción de medidas de protección para la víctima.
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    Encuadres de la violencia de género en la prensa escrita y digital, nacional y regional. La Verdad, La Opinión, El Mundo y El Pais desde la teoría del Framing (2005-2010)
    (2014-07-23) Escribano Gonzálvez, María Isabel; Mª Dolores Ayuso García, Mª Dolores Ayuso García; Facultad de Derecho
    El asesinato de Ana Orantes en el año 1997 supuso un antes y un después en el tratamiento de la violencia de género en los medios de comunicación. Orantes acudió a un programa de Canal Sur a relatar su experiencia y a los pocos días, su ex marido acabó con su vida. Los medios se hicieron repercusión de las declaraciones que esta mujer había hecho días antes. Los medios de comunicación sirvieron a víctimas, asociaciones y feministas a sensibilizar a la sociedad. En el año 2004 se aprobó la Ley orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en 2007 la Ley de medidas de prevención y protección contra la Violencia de Género y en 2010 la violencia de género tiene su reflejo en la Ley General de Comunicación Audiovisual. Se han analizado los encuadres de la violencia de género en la prensa escrita y digital, nacional y regional. En concreto, se han analizado 1491 informaciones de los diarios La Verdad, La Opinión de Murcia, El Mundo y El País, pertenecientes al periodo 2005-2010, desde la teoría del “framing”. La metodología utilizada ha sido la propia de las Ciencias Sociales aplicada a las Ciencias de la Documentación. Una metodología analítica, descriptiva e informativa basada en el análisis de contenido y que pretende ser un método exportable a otros trabajos desde otros ámbitos del conocimiento como la sociología o la psicología. La hipótesis desde la que partíamos ha quedado respondida positivamente. “La definición específica de la violencia de género en los medios, desde la perspectiva cultural y cognitiva de interpretación de la realidad que ofrece la teoría del encuadre, nos permite preguntarnos si existe un cambio en el enfoque de este tipo de información por parte de los periodistas”. Por lo que hemos podido conseguir alcanzar, entre otros, el objetivo principal de nuestra tesis, el análisis de la construcción de la imagen social sobre la violencia de género en la prensa escrita y en línea tanto española como regional desde la teoría del encuadre o “framing”. Los resultados se presentan claros y demuestran un cambio de tendencia en los supuestos planteados. Finalmente se presentan propuestas de mejora. Palabras clave: Teoría del framing, encuadre, violencia de género, violencia machista, violencia doméstica, violencia sexista, maltrato, malos tratos, violencia sobre la mujer, violencia contra la mujer, estudio de género, medios de comunicación, prensa. Summary Ana Orante's murder in 1997 marked a milestone in the treatment of the gender violence in the mass media. Orantes went to a Canal Sur TV programme to report her experience and within days, her ex husband killed her. The media made repercussion of the declarations that this woman had made few days before. The Media helps victims, associations and feminists to raise public awareness on this matter. In 2004 the Organic Law of Measures of Integral Protection against Gender Violence was approved, in 2007 the Law of Measures of Prevention and Protection against Gender Violence and in 2010 The gender Violence had its reflection on the General Law of Audio Visual Communication. It has been analysed frames of gender violence in written and digital press, national and regional. In particular, 1491 pieces of news from newspapers such as La Verdad, La Opinión, El Mundo and El País, from 2005 to 2010, from the Theory of Framing. The methodology used is the one used in Social Sciences applied to Documentation Sciences. An analytical, descriptive and informative methodology based in contents analysis an it expects to be a method to be used in different knowledge fields such as Sociology or Psychology. Our starting methodology has been positively answered. The specific definition of gender violence in Media from cultural and cognitive view to interpret reality that brings the Theory of Framing, makes us wonder whether there is a change on the focus of this sort of information from the journalist's side. As far as we have been able to reach, among others, the main target of our thesis is the analysis of the construction of the social image about gender violence in Spanish written and on-line press, either national or regional, from the Theory of Framing. The results show clearly a change of trend in the issues raised. Finally, some proposals for improvement are shown. Keywords: Theory of Framing, framing, gender violence, violence against women, domestic violence, sexist violence, abuse, ill-treatment, gender studies, Media, press.
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    Estudio de los factores socio-sanitarios asociados a la sospecha de malos tratos a ancianos en la región de Murcia / Luis Manuel Rubio Martínez; directores, Mª Dolores Pérez Cárceles y Aurelio Luna Maldonado.
    (Murcia : Universidad de Murcia, Departamento de Ciencias Sociosanitarias,, 2006) Rubio Martínez, Luis Manuel
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    Estudio sobre la violencia en la pareja desde una perspectiva enfermera
    (Universidad de Murcia, 2020-01-13) Rubio Laborda, Juan Francisco; Almansa Martínez, María Pilar; Pastor Bravo, María del Mar; Escuela Internacional de Doctorado
    Objetivos: Analizar la influencia de la educación formal en género, el contexto cultural y la generación tecnológica en las relaciones violentas de pareja. • Identificar relaciones de pareja violentas en estudiantes de Enfermería de la Universidad de Murcia según el grado de formación en igualdad y violencia de género. • Determinar las relaciones violentas sufridas y ejercidas en la pareja en función de la cultura, edad y nivel educativo. • Identificar patrones de violencia en las relaciones de pareja en las generaciones tecnológicas Millennials y Generación X, así como sus asociaciones con consumo de alcohol y drogas, sexo, y orientación sexual. Metodología: Se utiliza un diseño de estudio no experimental, transversal, retrospectivo y descriptivo, donde se observan 3 estructuras de análisis basadas en la educación formal de género, el contexto cultural de la comunidad, y los entornos virtuales. Así como sus asociaciones con variables entre las que destacan el nivel educativo, la formación de género, el sexo, la orientación sexual, la edad, el país de origen y residencia, la generación tecnológica y el consumo de alcohol y drogas. Para ello se han utilizado dos instrumentos previamente validados. El primero, llamado “Semáforo de la violencia” donde se miden las actitudes de violentas sufridas y ejercidas en la pareja en las dos primeras estructuras de análisis relativas a la educación formal de género y el contexto cultural. Mientras que el segundo instrumento, llamado “Cuestionario sobre las nuevas tecnologías para transmitir la violencia de género” se utilizó en el análisis de los entornos virtuales midiendo para ello las conductas de riesgo en redes, la violencia sufrida y la violencia ejercida. Se obtuvo una muestra total de 1897 participantes, de los cuales se destinaron 498 para el análisis de la educación formal de género, 130 para el análisis de contextos culturales de poblaciones de España y Perú, y 1269 para el estudio de las relaciones violentas en los entornos virtuales. Dicho muestreo se realizó por fases, una primera fase que tuvo lugar durante los años 2014, 2015 y 2016. La segunda fase tuvo lugar entre los años 2018 y 2019. Mientras que la tercera fase de muestre se realizó durante el año 2019. El análisis estadístico se realizó a través del programa SPSS. Conclusiones: La violencia observada es predominantemente psicológica, donde se aprecia la efectividad de los programas educativos formales de género en mujeres, sin embargo en los varones no se puede asegurar la efectividad de dicha educación. Se observaron también, diferencias en las conductas violentas de pareja entre las distintas comunidades culturales estudiadas de Perú y España, evidenciando también diferencias en referencia al nivel educativo y la edad. Por otra parte, también se manifestaron diferencias en las conductas violentas de pareja en entornos virtuales, donde los Millennials tuvieron una mayor asociación a conductas de riesgo y violencia sufrida. Mientras que el abuso de alcohol supuso un aumento de la violencia ejercida, el consumo de drogas incrementó la violencia sufrida y ejercida en la pareja. En los hombres se observaron conductas relacionadas con la presión sexual, mientras que en las mujeres se evidenció un control relacionado con las contraseñas en redes y la agresión de tipo físico. Por otra parte los y las participantes de orientación homosexual mostraron mayores conductas de riesgo para sufrir violencia en las redes, mientras que en parejas de orientación heterosexual se observó una mayor violencia sufrida. De esta forma, la educación formal en género así como el conocimiento de los factores asociados a una mayor violencia en la pareja pueden ser de utilidad para la planificación de acciones dirigidas a la prevención de esta lacra
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    Maltrato infantil : un estudio empírico sobre variables psicopatológicas en menores tutelados
    (2014-06-24) Fernández Fernández, María Visitación; López Soler, Concepción; López Pina, José Antonio; Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos
    Objetivo: El propósito de esta investigación fue conocer la afectación a nivel: i) psicopatológico, perfil inter y externalizante, ii) deestrés postraumático, y iii) de inadaptación psicosocial en niños/as en situación de acogimiento residencial o acogimiento especial (en familia extensa o familia ajena) y su relación con el maltrato sufrido. La muestra estuvo compuesta por 86 menores de edades comprendidas entre los 6 y 17 años (51.2% niños y 48.8% niñas). Método: Para la evaluación de las variables psicológicas descritas se aplicó el Child Behavior Checklist (CBCL; Achenbach y Edelbrock, 1983), el Child PTSD Symtom Scale (CPSS; Foa, Johnson, Feen, & Tredwell, 2001) y el Test Autoevaluativo Multifactorial de Adaptación Infantil (TAMAI; Hernández, 1983). Se realizó un análisis de frecuencias y tablas de contingencia para hallar la prevalencia en los síndromes empíricos, de estrés postraumático y adaptación psicosocial, por sexo e intervalos de edad. La prevalencia de los síndromes empíricos se calculó tomando como criterio puntuaciones superiores al pc 93. Respecto al estrés postraumático se han empleado diversos criterios: DSM-IV-TR, DSM-5 y criterios de TEPT Parcial (Scheeringa, et al., 2003, Scheeringa, Zeana & Cohen, 2010; Jaycox et al, 2009). Finalmente, se realizó un análisis inferencial de las subescalas del CPSS y del CBCL con respecto al sexo, grupo de edad, tipo de tutela y nacionalidad. Resultados: El análisis de prevalencias mostró que en la mayoría de los síndromes clínicos del CBCL, los niños (6 a los 12 años) presentaron una prevalencia mayor que los adolescentes (13 a 17 años) (45.4% frente al 41.6%, respectivamente). En las agrupaciones por sexo, las niñas presentaron sintomatología de tipo internalizante y los niños externalizante. En general las prevalencias se sitúan entre el 43% de sintomatología internalizante en niñas y 42.6% externalizante en niños. En cuanto a la adaptación psicosocial, el área más afectada es la familiar y la social, no se encontraron diferencias significativas. El número de áreas afectadas fue mayor para los/as adolescentes. Las prevalencias globales fueron similares para ambos sexos. En estrés postraumáticolas niñas presentaron mayor prevalencia que los niños. Con respecto a la edad (6-12 años y 13-17 años), los adolescentes informaron de más sintomatología TEPT que los pequeños. Teniendo en cuenta loscriterios diagnósticos TEPT empleados en el del DSM-IV-TR, el porcentaje de menores que cumplió dichos criterios fue del 30%; y con criterios DSM-5, la prevalencia fue del 27.1%. Se encontró una correlación significativa entre la escala de Reexperimentación y Quejas Somáticas. Se calculó el número de menores que presentaron, a la vez, estrés postraumático (Jaycox, et al., 2009) y uno o más síndromes empíricos. Los resultados mostraron que el 75% de las niñas de 8 a 12 años y el 66% de 13 a 17 años, presentaron TEPT y dos o más síndromes empíricos. El 57% de los niños de 8 a 12 años y el 67% de 13 a 17 años presentaron TEPT y dos o más síndromes empíricos. Finalmente el análisis inferencial, mostró que en la escala del CPSS, las niñas presentaron significaciones marginales en Reexperimentación y Evitación. En función de la edad, tipo de tutela y nacionalidad, ninguna subescala resultó significativa. En el CBCL, no se encontraron diferencias en las subescalas en función del sexo. En función de la edad, se encontró diferencias significativas en Quejas Somáticas y Problemas de Pensamiento en los menores de 13 a 17 años. Para el tipo de tutela con familia extensa, se encontraron diferencias significativas en los síndromes de Retraimiento/Depresión, Problemas de Pensamiento, Problemas de Atención y Conducta Antinormativa, y marginalmente significativa en Problemas Sociales. Objective: The purpose of the present research is to determine the affectation in the following areas: i) psychopathological level and internalizing/externalizing profile; ii) Post-Traumatic Stress Disorder (PTSD); iii) maladjustment, and its relation to the type of abuse suffered, in children living in residential care or in special care (i.e. living with extended family members or other families). The sample consisted of 86 children aged between 6 and 17 years (51.2% boys and 48.8% girls). Method: To assess the psychological variables we applied the Child Behavior Checklist (CBCL; Achenbach and Edelbrock, 1983), the Child PTSD Symptom Scale (CPSS; Foa, Johnson, Feen, & Tredwell, 2001), and the Test Autoevaluativo Multifactorial de Adaptación Infantil [in English, Multifactor Self-Assessment Test of Child Adjustment] (TAMAI; Hernández, 1983). We conducted a frequency analysis and created contingency tables according to gender and age group to find the prevalence of empirical syndromes, PTSD, and psychosocial adjustment. The prevalence of empirical syndromes was calculated using criterion scores higher than the 93rd percentile. To measure PTSD, we used the following criteria: DSM-IV-TR, DSM-5, and partial PTSD criteria (Scheeringa, et al., 2003; Scheeringa, Zeana & Cohen, 2010; Jaycox et al., 2009). We conducted an inferential analysis of the CBCL and CPSS subscales according to gender, age, nationality, and source of guardianship. Results: Regarding prevalence, analyses showed that in most cases of clinical syndromes (measured by the CBCL), children (ages 6-12 years) showed a higher prevalence rate than did adolescents (ages 13-17 years), 45.4% versus 41.6%, respectively. When evaluating clusters according to gender, girls showed both internalizing and externalizing symptomatology. The prevalence of internalizing symptoms in females was 43%, while the prevalence of externalizing symptoms in males was 42.6%. Regarding psychosocial adjustment, family was found to be the factor most strongly associated with maladjustment, while no significant differences were found for direct social factors. We found a higher number of factors associated with psychosocial adjustment among adolescents in comparison to children in our sample. The overall prevalence of psychological maladjustment was similar among both genders. Regarding PTSD, females showed higher prevalence rates than did males. When comparing age groups, adolescents reported more PTSD symptomatology than did children in our sample. We evaluated the prevalence of PTSD by using two diagnostic criteria and found the following results: 30% of children met criteria for PTSD according to the DSM-IV-TR, and 27.1% met for PTSD according to the DSM-5. We found a significant correlation between the re-experiencing and somatic complaints scales. We also estimated the number of children who met for PTSD (Jaycox et al., 2009) and presented with one or more empirical syndromes simultaneously. Results showed that 75% of females between the ages of 8 and 12 and 66% of females between the ages of 13 and 17 met for PTSD and presented with two or more empirical syndromes. A total of 57% of males between 8 and 12 years old and 67% of males between 13 and 17 years old met for PTSD and presented with two or more empirical syndromes. Our inferential analyses showed that, according to the CPSS Scale, females had marginally significant scores in the areas of Re-Experiencing and Avoidance. When evaluating age, type of guardianship, and nationality, no subscale was found to be significant. According to the CBCL, no significant differences were found in the subscales according to gender. Regarding age, significant differences were found in the areas of Somatic Complaints and Thought Problems among adolescents (13-17 years old). Regarding guardianship by extended family, significant differences were found in the areas of Withdrawn/Depression, Thought Problems, Attention Problems and Anti-Normative Behavior, while marginally significant differences were found in the Social Problems area.
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    Maltrato infantil en la provincia de Córdoba (República Argentina): marco regulatorio legal y rol del profesional médico / Norma Lidia Bellodi ; dirección Eduardo Osuna Carrillo de Albornoz y Aurelio Luna Maldonado
    (Murcia : Universidad de Murcia, Facultad de Medicina, Departamento de Ciencias Sociosanitarias,, 2003) Bellodi, Norma Lidia
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    Percepción de las mujeres víctimas de malos tratos sobre la asimetría de poder en la pareja y su relación con la violencia: estudio preliminar
    (Murcia: Universidad de Murcia, Editum, 2012-05) Megías, Jesús L.; Montañés, Pilar
    El objetivo principal de este estudio preliminar fue explorar si el modelo de Poder y Género de Pratto y Walker (2004) constituye un marco teórico adecuado para el análisis de la relación entre el poder diádico y la violencia hacia las mujeres en la pareja. Según este modelo, las diferencias de poder entre los géneros en las parejas se fundamentan en cuatro bases: el control de los recursos, la distribución de obligaciones sociales, la ideología sexista y la amenaza o uso de la fuerza. Se entrevistó a 64 mujeres que habían sido víctimas de violencia por parte de sus ex parejas y se les preguntó por sus percepciones sobre el poder que ellas y sus parejas ejercían en tres de estas cuatro bases. Asimismo informaron de la frecuencia de los malos tratos psicológicos, físicos y sexuales que sufrieron en estas relaciones. Los resultados mostraron que las mujeres percibían menos poder que sus agresores en las tres bases, y que éstas se relacionaron entre sí, ocurriendo que quien disponía de más poder en una de ellas tenía más poder en las otras. Además, el control de los recursos por parte de ellos y la distribución de las obligaciones sociales en la pareja predijeron la violencia psicológica padecida por las mujeres y la ideología sexista de él la violencia física. Finalmente, las mujeres valoraron de modo distinto las cuatro bases de poder como obstáculos a la hora de finalizar su relación. En conclusión, el modelo de Poder y Género merece seguir siendo investigado en el ámbito de la violencia de pareja.
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    Personalidad en mujeres víctimas de malos tratos / Patró Hernández, Rosa; directores, Francisco Javier Corbalán Berná, Encarnación Fernández Ros.
    (Murcia : Universidad de Murcia, Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos,, 2006) Patró Hernández, Rosa
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    Una perspectiva psicológica-jurídica da violência de género = Una perspectiva psicológico-jurídica de la violencia de género
    (2017-03-30) Cunha Louro, Maria da Conçeicão; Alberto Poiares, Carlos; Facultad de Biología
    El objeto de esta investigación erige es la indagación sobre la severidad punitiva de las decisiones judiciales, tomando como referencia nuclear la violencia contra las mujeres en relaciones de la pareja y los discursos judiciales manifestados en las decisiones pronunciadas por los juzgados y tribunales. Al enjuiciador le cabe siempre optar entre el abanico de proposiciones jurídicas, desvelando si son, o no, aplicables a la factualidad y, en caso afirmativo, cuáles son las consecuencias que se derivan de ellas (Larenz, 1978). La violencia de la pareja es un problema históricamente recurrente y un problema de género, las mujeres son las principales víctimas, que no sólo en Portugal, sino en la generalidad de los países y culturas, que ha reclamado la atención particular de juristas, psicólogos, sociólogos, políticos y, naturalmente, de las comunidades. Sin embargo, no se trata de un fenómeno nuevo, sino antes bien de una compleja e intrincada cuestión social, que atraviesa todas las épocas, aunque presentemente ocupe tal vez un protagonismo mayor en los debates y en las preocupaciones humanas, una vez que el devenir social y la creciente consciencia colectiva sobre la dimensión y efectividad de los derechos humanos vienen suscitando la formulación de otros mecanismos de control, presumiblemente adecuados. Esta es la razón por la que, en las últimas décadas, se han traído a colación interrogaciones, derivadas de los choques y contradicciones que van surgiendo a nivel de las representaciones sociales, de las tradiciones y de la cultura, a muchos títulos aún dominantes en nuestra sociedad; no obstante, por todos lados ha ido sedimentando –por lo menos a nivel de las intenciones– la idea de la tolerancia cero en relación a este tipo de violencia. VII El espacio inaugural donde todas estas cuestiones asumen un papel determinante, de resultas del cual se procede a la construcción de una arquitectura normativa, de definiciones uniformizadas, es el proceso de criminalización. El Derecho es, por lo tanto, un regulador de relaciones interpersonales que, fijando patrones de comportamiento, procura encontrar formas de colmatar el desorden y promover el bienestar de una sociedad (Hart,1995). Para ello, opera en la regulación de las situaciones, que divergen de un país a otro, como sucede en las diversas etapas de la criminalización, en especial en sus fases primarias (producción legislativa) y secundaria (aplicación judicial), cada una de ellas organizada según una gramática específica, aunque interconectada, reflejando una lógica propia, emergente de sus tiempos histórico-culturales y político-sociales (Debuyst & Digneffe,1998). Dichas lógicas emanan de los titulares del Poder y de quienes dirigen el sistema, de sus intereses e ideologías, partiendo de estos para emitir juicios de valor; según Larenz (1978), estos juicios constituyen expresiones de una toma de posición personal del Legislador y, posteriormente, del Aplicador, realizadas en el respeto por valores que se reconocen como tales; para fundamentarlos, el juez no está limitado tan solo a la intuición axiológica, debiendo aplicar criterios que gestionan los valores (positivos y negativos) considerados vinculantes en la comunidad sociopolítica y jurídica, y por ella. Los dilemas de la justicia tienen origen en el funcionamiento actual y global de la sociedad; las representaciones individuales nacen de procesos más amplios y, en muchas ocasiones, ajenos al propio individuo, es decir, la relación entre la autonomía individual y social está en juego cuando las reglas de una comunidad precisan ser determinadas (Wagner, 2011; Dias, 2010). La violencia conyugal es un fenómeno bastante complejo y compuesto por diversos factores, de cariz social, cultural, psicológico, ideológico, económico, entre otros (Costa, 2003). Actualmente, el Código Penal portugués ya consagra expresamente (en su artículo 152) el delito de violencia doméstica. Más allá de este artículo específico, la ley también criminaliza, por ejemplo, las amenazas, la coacción, la difamación, las injurias, la sustracción de menor, el incumplimiento de la obligación de manutención, la violación, el abuso sexual y el homicidio o tentativa de homicidio (APAV, 2014). Las penas criminales, a nivel de marco central, van desde 1 a 5 años de prisión, lo que permite que el juez pueda suspender la pena, dado que su límite máximo no supera los 5 años. Éste es precisamente el eje del problema, pues el propio Legislador abrió la puerta al expediente de la suspensión. La tipificación de la violencia doméstica (malos tratos físicos o psíquicos, incluyendo privaciones de libertad y ofensas sexuales) comprende, como víctimas, a las siguientes personas: cónyuge o ex-cónyuge; uniones de hecho heterosexuales y homosexuales (incluso sin cohabitación); progenitor de descendiente común en 1er grado; persona particularmente indefensa en virtud de la edad, deficiencia, enfermedad, embarazo o los dependientes económicos que con él cohabiten (se exige la cohabitación). En el caso previsto, si el agente practica el acto contra menor, en presencia de menor, en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, es castigado con pena de prisión de 2 a 5 años (artículo 152). En cuanto a las penas accesorias, la ley penal establece las siguientes: a) prohibición de contacto con la víctima, en particular el alejamiento de la residencia, el alejamiento del lugar de trabajo y supervisión por medios técnicos de control a distancia; b) prohibición de uso y porte de armas y, c) obligación de asistencia a programas de prevención de la violencia doméstica. En el presente trabajo nos ceñimos a la violencia conyugal, entre personas heterosexuales, que mantengan vida en común, en una relación análoga a la de los cónyuges. Diversos estudios han mostrado que, a pesar de que la violencia contra las mujeres no se circunscribe a los espacios domésticos, pudiendo también producirse en la calle o en el lugar de trabajo, lo cierto es que gran parte de este tipo de violencia tiene lugar sobre todo en casa. En Portugal, la vivienda es el espacio privilegiado donde ocurre esta violencia (43%), como quedó demostrado en el informe de la APAV (2014) recientemente publicado, siendo en ese espacio familiar donde los maridos actúan como los principales ofensores de las mujeres. En ese mismo estudio se comprobó que la violencia contra las mujeres es sobre todo física y psicológica, cuando ocurre en el espacio doméstico; discriminación sociocultural, cuando se produce en el lugar de trabajo, mientras que la violencia sexual tiene lugar sobre todo en la calle. ¿Tendremos que preguntarnos si en Portugal la violencia sexual cometida en el interior de las familias y, por lo tanto, la que sucede en los espacios domésticos, tiene una relevancia menor que la violencia sexual que se produce en la calle, o si las mujeres no la valoran de igual forma y, por eso mismo, no denuncian a los ofensores sexuales con los que viven, dejando que una vez más la tradición se sobreponga a lo que la ley ya contempla? ¿Será que la ideación de los antes denominados deberes conyugales, incluyendo el débito sexual, aún permanece en las creencias de los ciudadanos? La experiencia de la APAV, en sus diversos Gabinetes de Apoyo a la Víctima, que reciben y actúan con mujeres víctimas de violencia conyugal, tal como los múltiples estudios que han sido realizados, confirma que la violencia es practicada en el seno de la relación conyugal (entre personas que viven en situación conyugal, casadas o no). Se trata de un sistema circular, que surge, se desarrolla y termina, iniciándose nuevamente, de forma semejante, por lo que se lo denomina ciclo de la violencia conyugal o doméstica, dado que puede ser entendido, en este sentido, como un círculo, en el cual las dinámicas de la relación de la pareja se manifiestan sistemáticamente, pasando siempre por determinadas fases. Así, en este ciclo pueden identificarse las siguientes fases: a) la fase de construcción de la tensión; b) la fase de la violencia; y c) la fase del apaciguamiento o “luna de miel”. El ciclo de la violencia conyugal dificulta mucho las tomas de decisión de la mujer víctima, pues experimenta fases muy dramáticas (la tensión y el ataque violento), pero que terminan en una fase considerada gratificante (el apaciguamiento), en la cual se reanima la esperanza de tener una relación conyugal sin violencia, que implica creer e intentar nuevamente el proyecto de vida soñado o evitar la compleja y en ocasiones dramática salida del hogar. Entre otros aspectos, la relación con el ofensor, la historia de vida anterior, los apoyos de los que dispone (o de los que carece), la violencia implicada y todos los actos que la constituyen, el impacto que tienen –y, sobre todo, el significado que ella atribuye a cada uno de esos actos– determinan la singularidad de su reacción (APAV, 2013). La revisión de varios estudios interculturales y antropológicos indica que la violencia conyugal es indisociable de la cuestión del género (Dias & Machado, 2008). La relación entre el género y la violencia conyugal ha generado, no obstante, bastante discusión y controversia (Miller & White, 2003), habiendo autores que defienden la neutralidad/simetría de género (Moffit, Robins & Caspi, 2001) y otros que afirman que el género y el poder suponen el proceso clave de la violencia conyugal, sin reducirse a ser un mero componente de ésta. A pesar de que la creciente superposición de los papeles en la relación conyugal lleve a la dilución de los papeles sexuales en la familia, las diferencias de género normalmente existen en todas las sociedades, como indica Giddens (2010). Dichas diferencias de género se expresan, aunque de forma diferente, a todos los niveles de la estratificación social, reflejándose en las diversas partes de la vida social, a nivel de las oportunidades y presunciones que desempeñan en ella, desde la familia al Estado. Según el mismo autor, a pesar de que en algunos países las mujeres hayan progresado de forma significativa, las diferencias de género aún son notables, y la violencia doméstica se ha ido perpetuando en silencio (Dias, 2004); las mujeres siguen asumiendo la responsabilidad de educar a los hijos y cuidar de la casa y los hombres la de sustentar a la familia, prevaleciendo la desigualdad de roles a nivel de «[…] poder, prestigio y riqueza» (Giddens, 2010, p. 114). Como dice provocadoramente Foucault (1980), en la obra Power/knowledge, donde hay poder hay resistencia y, no obstante, o tal vez por eso mismo, ésta nunca está en una posición de exterioridad en relación al poder. Así, si es verdad que la igualdad declarada e incluso promovida en la ley encuentra numerosos obstáculos en su aplicación práctica, el Derecho no controla definitiva o aisladamente la vida social y sus valores, pero no se limita, al contrario de los más escépticos, a plasmar en letra de ley las concepciones socialmente dominantes. El Derecho –las leyes, la jurisprudencia, las prácticas jurídicas y judiciarias– ha tenido un papel constitutivo importante en la segregación discursiva de grupos de personas, especialmente las mujeres. Se entroncará ahí, quizás, la función correctora del Derecho, pasando a contribuir en la búsqueda de formas de deshacer esa segregación, no sólo prohibiendo tratamientos discriminatorios, sino obligando a las oportunas instancias a tomar medidas que contraríen la real situación de inferioridad socio-familiar de algunas personas: transmitir, por ejemplo, a la sociedad que la violencia doméstica es realmente un delito que se produce en su seno a causa de las desigualdades de género e incluso de la apatía judicial que en ocasiones se revela. Como ya mencionamos anteriormente, el presente trabajo tiene como objetivos averiguar: (i) ¿cómo absorbe el Aplicador el mensaje dimanado del Legislador, entidad política? Es decir: ¿el Aplicador adopta el racional legislativo o se apropia de él, por ejemplo a través de la memorización de su dimensión legislativa, produciendo otros (o diferentes) enunciados aplicativos? Y, (ii) ¿de verificarse semejante distorsión aplicativa, al existir una severidad menor, el transgresor ya se ha percatado de ese hecho? Es decir: ¿el delincuente doméstico presenta una cierta impunidad? De donde se deduce la cuestión crucial: (iii) ¿podrán los tribunales convertirse en entes susceptibles de contribuir a desculpabilizar el delito de violencia de la pareja? Cual la credibilidad del testimonio de las víctimas? Teniendo en cuenta los objetivos y las características del estudio y los recursos disponibles para la investigación, optamos por un tipo de estudio exploratorio, descriptivo-correlacional. Lo clasificamos como exploratorio porque se desconoce la existencia de estudios de esta índole; asume también carácter descriptivo-correlacional una vez que pretendemos describir el universo de una determinada problemática o fenómeno (violencia conyugal) y establecer relación entre variables (entre otras variables, la dependencia económica de las víctimas en relación al acusado), “en el estudio descriptivo-correlacional, el investigador intenta explorar y determinar la existencia de relaciones entre variables, con miras a describir esas relaciones. El principal objetivo del estudio descriptivo-correlacional es el hallazgo de factores relacionados con un fenómeno.” (Fortin, 2003, p.174) La parte práctica se apoya en una recogida de datos de procedimientos archivados referentes al delito de violencia conyugal y su análisis ius psicológico, utilizando, con ese fin, el instrumento Índice de Severidad Penalizadora y Psicologización (Criminalización Secundaria) – (ISPP-CS) (Poiares, 2009). Como el Índice fue construido para el análisis de procedimientos penales sin especificación del tipo legal, fue necesario, de acuerdo con la literatura, del estudio de procedimientos, por la propia especificidad del delito de violencia conyugal, teniendo como base el ISPP-CS, añadir más variables , que son las siguientes: relación con el acusado; dependencia económica de las víctimas en relación al acusado; dependencia económica de los acusados en relación a la víctima; posesión de arma; otros procedimientos relacionados con violencia conyugal; número de procedimientos de violencia conyugal; información de los procedimientos de violencia conyugal a nivel de los hijos y menores de edad (número de hijos de ambos, de la víctima y del agresor; si el caso fue presenciado por menores hasta los18 años; si se contactó la Comisión de Protección de Niños y Jóvenes en Peligro ; datos de los procedimientos sobre el historial de los episodios de violencia (tipos de violencia, consecuencias físicas para la víctima; víctima observada en el hospital, víctima en internamiento; el acusado suele exhibir armas o hacer alusión a ellas durante las amenazas o agresiones; casos anteriores por agresiones a la víctima y/o a otro familiar, practicadas por el mismo acusado); solicitud de informe social/evaluación psicológica; medida de coacción; género del magistrado que dirigió el juicio, así como tiempo transcurrido entre la queja y la sentencia. Estos datos tuvieron un tratamiento estadístico en Statistical Package for the Social Sciences (SPSS). El Índice de Severidad Penalizadora y Psicologización (Criminalización Secundaria) - ISPP-CS) tiene como objetivo general analizar la severidad penalizadora, así como permite verificar el grado de psicologización del procedimiento judicial, o sea, la utilización de información y conocimiento científico proporcionado por la Psicología Forense y su recepción a la hora de juzgar. En la vertiente severidad, el índice pretende evaluar cuál es el grado de penalización, oscilando entre un grado nulo y un grado elevado, pudiendo aplicarse a cualquier delito, una vez que el estudio se basa en los patrones de la dosimetría penal (= marco de la pena para cada tipo criminal), siendo el resultado expresado en porcentaje. Considera tres ejes: Acusado, Procedimiento Actual y Medida Final Adoptada. El primero proporciona diversa información sobre cada acusado en el procedimiento, en particular en las dimensiones socio-demográfica, cultural, clínica y forense. El segundo, tal como su propio nombre indica, remite al procedimiento actual del individuo: delitos en los que se encuentra pronunciado y medidas de coacción. Por último, la Medida Final Adoptada sugiere lo que fue determinado en tribunal y si se tuvieron en consideración la evaluación psicológica o la peritaje de personalidad, en el agravamiento o atenuación de la pena. El tipo de respuesta de los ítems varía entre las de respuesta múltiple o respuesta específica y directa. Se aplica a procedimientos ya archivados y el tiempo de duración de la aplicación del procedimiento es variable con la dimensión del procedimiento. El primer eje, el Acusado, está compuesto por las dimensiones socio-demográfica, cultural y por la anamnesis judicial, diferenciada por las sub-dimensiones clínica y forense. El segundo eje, el Procedimiento Actual, referencia el (1) delito(s) que se le imputa (respuesta especifica); en relación a los delitos imputados: (2) Tipo (respuesta específica); (3) Precepto Incriminador (respuesta específica); (4) Dosimetría penal (colocar el valor mínimo y el valor máximo). Por último, el tercer eje, “Medida Penal Adoptada”, se refiere a: (1) Medida aplicada a cada delito (respuesta específica); (2) Acumulación jurídica (sí o no) (b) Medida aplicada en acumulación (respuesta específica); (3) La decisión refirió la realización de evaluación psicológica (sí o no); (4) La decisión refirió la realización de peritaje de personalidad (sí o no); (5) La evaluación psicológica fue utilizada para fundamentar la atenuación de la medida (sí o no); (6) El peritaje de personalidad sirvió de fundamento a la atenuación de la medida (sí o no); (7) La evaluación psicológica determinó el agravamiento de la medida (sí o no); (8). El peritaje determinó el agravamiento de la medida (sí o no); (9) En la decisión se invocaron razones para la atenuación de la medida (respuesta específica, cuáles); (10) Observaciones (respuesta específica). Este eje termina con una sinopsis general, que se aplicará a todos los delitos por los que haya sido condenado el sujeto. Referencia la dosimetría, diferenciando todos los delitos del individuo; (11) Medida aplicada (respuesta específica); (12) Medida aplicada en acumulación (respuesta específica); (13) Puntuación total (respuesta específica). La hoja de puntuación está constituida por ítems de cumplimentación referentes a los límites mínimo y máximo de la medida penal aplicable y a la pena concreta, en meses. Tal hoja de puntuación contiene asimismo una tabla formada por cinco columnas, cada una de ellas conteniendo cuatro puntos de escala referentes a la evolución del agravamiento de la pena; y una línea de cumplimentación, por acusado (Anexo II). En alternativa, se puede utilizar una plataforma informática construida por Branco (2013), destinada exclusivamente a facilitar el tratamiento de la información obtenida por este instrumento, transformando los resultados en una escala de 0-100%. En cuanto a los ítems relativos con el tipo de tribunal (singular o colectivo), número convencional, número de acusados, decisión (absolutoria o condenatoria), pena aplicada por acusado, fecha e identificación del asistente de investigación, debiendo éste indicar con una cruz cuál es el tipo de tribunal y de decisión; en lo que concierne al número convencional (número del procedimiento en la investigación), número de acusado y penas aplicadas, el asistente de investigación apunta objetivamente la información relativa a esos ítems, información recogida en el procedimiento analizado. La fecha y la identificación del asistente también deben ser indicadas. En lo tocante a la primera sección, correspondiente al Acusado, en su dimensión socio-demográfica, debe indicarse únicamente uno de los ítems relativos a la naturalidad (urbana/rural) y tan sólo uno de los ítems referentes al estado civil, así como a la situación profesional (empleado; desempleado; jubilado); deben ser indicadas, por escrito, las informaciones recogidas acerca del distrito municipal, municipio y edad; profesión; y la relativa al tiempo que hace que el sujeto está desempleado, si fuere el caso. En la dimensión cultural, el asistente debe indicar por escrito la etnia e indicar uno de los puntos referentes a la categoría formación académica, indicando si está completo o incompleto, siempre que sea el caso. Si, en el procedimiento analizado, otro fuere el ítem adecuado, especificarlo, indicando cuál, siempre que se haya facilitado dicha información. Con respecto a la categoría residencia urbana/rural, indicar tan sólo uno de los ítems e indicar por escrito el distrito municipal, municipio y tipo de alojamiento. Igualmente, indicar por escrito cuál es la relación afectiva o de parentesco entre los diversos acusados, siempre que exista. Con respecto a la Anamnesis Judicial, más específicamente a la dimensión clínica, en lo que concierne a la salud mental, indicar referencia de diagnóstico y cuál, así como indicar la existencia, o no, de acompañamiento; el mismo procedimiento en lo que se refiere a las adicciones; en este caso, el asistente debe indicar cuál es la sustancia e indicar debidamente si el sujeto es toxicómano o consumidor. En lo que atañe a las patologías físicas, indicar por escrito una referencia de diagnóstico, indicar la existencia o no de discapacidad, señalando cuál. En la dimensión forense, indicar si existió realización de evaluación psicológica o de peritaje de personalidad, indicando el tipo de institución responsable de su elaboración; indicar por escrito cuáles son las conclusiones, tanto de la evaluación como del peritaje; de la misma forma, indicar si existió, o no, decisión sobre inimputabilidad e indicar cuáles fueron las conclusiones. Aún en referencia a la decisión anterior, indicar si fue fundamentada por peritaje de personalidad o por evaluación psicológica forense. El asistente de investigación debe indicar la existencia, o no, de antecedentes criminales, registrando los delitos anteriormente cometidos y las medidas de coacción sufridas. Igualmente, debe indicarse con sí o no la existencia de prisión preventiva, mencionándose en su caso su duración; en lo que concierne a las medidas aplicadas, deben apuntarse las verificadas, tales como suspensión del procedimiento, multa, prisión, multa con pena suspendida, prisión con pena suspendida, prestación de trabajo a favor de la comunidad (PTFC), u otros; para todas las medidas verificadas, deberá ser indicado el delito. Deben ser anotadas cuáles son las medidas de coacción en el presente procedimiento y si se verificó o no prisión preventiva y cuál fue su tiempo de duración. Debe señalizarse la existencia de acompañamiento terapéutico durante el procedimiento (sí/no), indicando cuál y si tal fue o no cumplido. En relación a la revocación de la suspensión de la pena, debe ser registrado si tuvo lugar, y, en caso afirmativo, indicarse la razón. Obedeciendo al mismo criterio, debe indicarse el cumplimento o no de la pena y el tiempo de reclusión cumplido; con respecto a la libertad condicional, debe ser apuntada su verificación, o no, así como la revocación, o no, debiendo ser indicado cuál fue el motivo. En lo que concierne al procedimiento actual, indicar con sí o no la verificación de acompañamiento terapéutico, especificando cuál. En la segunda sección, relativa al Procedimiento Actual, especificar los delitos por los cuales el acusado se encuentra pronunciado, indicando la medida de coacción: prisión preventiva (sí/no); si se aplica otra medida, indicar cuál. En el caso de que el acusado haya cumplido prisión preventiva, indicar sí o no, en función de si se produjo desde el inicio del procedimiento o especificar desde cuándo y hasta cuándo se mantuvo. Para los delitos imputados, especificar el tipo, el precepto incriminador (artículo del CP o de ley suelta) y la dosimetría penal (medida de la pena), indicando la presencia de pena de multa y su valor, en el caso de que haya sido aplicada. En lo tocante a la tercera sección, Medida Penal Adoptada, especificar la pena aplicada a cada delito, la existencia o inexistencia de acumulación jurídica y cuál es la pena correspondiente a dicha acumulación; indicar si hubo o no decisión de prisión efectiva, especificando cuál es la medida penal efectivamente decretada. En lo que se refiere a la evaluación psicológica forense y al peritaje de personalidad, indicar con sí o no la referencia a su realización, su utilización para proceder a atenuación o agravamiento de la pena; indicar si fueron invocadas razones para atenuación de pena y, en caso afirmativo, cuáles. Con respecto a la sinopsis general, tomar en cuenta todos los delitos por los cuales el acusado fue condenado e indicar la dosimetría de cada uno; indicar con sí o no la aplicación de la Ley de los Jóvenes Imputables; especificar cuál es la pena aplicada, referente a cada delito; y cuál es la pena aplicada en acumulación jurídica. En relación a la interpretación del Índice de Psicologización, este indica el grado de exigencia y el grado de importancia atribuida a las evaluaciones psicológicas forenses y a los peritajes de personalidad en la decisión que culmina con la atribución de una medida penal, eventual agravamiento o atenuación: tal importancia se basa en la puntuación de los ítems relativos a la decisión integrada en la sección Medida Penal Adoptada. En el presente caso, cuanto mayor sea el índice, mayor relieve tuvo la presencia del trabajo llevado a cabo por los técnicos de Psicología Forense en contexto judicial. La población comprende todos los elementos que comparten características comunes, definidas por los criterios establecidos para el estudio: procedimientos de violencia conyugal, con nacionalidad portuguesa. Se optó por una muestra del tipo no probabilístico por juicio. Es el tipo de muestra en que los elementos que componen el subgrupo son escogidos en razón de su presencia en un lugar en determinado momento. Este tipo de muestreo es ideal cuando el tamaño de la población es pequeño y en estudios exploratorios (Fortin, 2003). La recogida de datos se realizó en el Partido Judicial de Lisboa, Instancia Local Criminal - 1ª Sección Central de Instrucción Criminal. La muestra está formada por treinta y cinco procedimientos (n= 35), todos en el ámbito de la violencia doméstica (artículo 15), en lo que atañe al cónyuge o ex-cónyuge o personas en una relación análoga a la de los cónyuges. El análisis de resultados al que procedimos nos permite concluir que el déficit de la lucha contra la violencia conyugal se sitúa en dos fases del procedimiento criminalizador: en la primaria, porque las penas aplicadas tienen una dosimetría correspondiente en el requisito de duración para suspensión de la pena (artículo 50 del CP); y en la secundaria, dado que, como se deduce de la investigación empírica, los jueces usan de forma casi perdularia la suspensión de la pena, conjugándose ambos niveles para la transmisión de un mensaje de impunidad que es el principal amigo de la reproducción de los comportamientos violentos. En la vertiente de la violencia en contexto de relación conyugal, con y sin vínculos jurídicos, importa viabilizar medidas de castigo y de ayuda psicológica, que puedan reprogramar el sujeto delincuente - este es el espacio de la criminalización terciaria (donde se consagran la ejecución de la pena y la reinserción); y el tiempo de castigo debe, en este como en las otras expresiones de la criminalidad, coincidir con el tiempo resocializador, dejando bien clara la ilicitud del comportamiento y posibilitando la interiorización de las interdicciones. El análisis de los resultados demuestra la incoherencia entre el Derecho dicho y el Derecho hecho y, del mismo paso, la línea de incoherencia entre la psicologización que se impone, tanto en relación al agresor como en lo que toca a la víctima, y la psicologización efectivamente practicada. Uno de los objetivos del instrumento que aplicamos reside en la indagación de la contribución que la Psicología aporta al espacio judiciario: se detectó una incidencia mínima, incluso si consideramos los llamados informes sociales, cuya dimensión psicológica es con frecuencia exigua. Los resultados, aunque meramente indicativos, demuestran una baja severidad punitiva en el ámbito de la violencia conyugal, lo que parece indicar la necesidad de reestructurar el contexto punitivo en delitos de esta naturaleza, tanto en la criminalización primaria como en la secundaria, reclamando un enfoque ius psicológico de esta problemática.ABSTRACT The intention of this work lies in the question of punitive severity of judicial decisions, erecting domestic violence as crime. To do so, was adopted the use of an instrument - the Punitive and Psychologizing Severity Index (Secondary Criminalization - ISPP-CS) (Poiares, 2009) - whose purpose involves analyzing the severity of criminal measures and the extent to which psychology influences the choice of the type of sentence imposed. The sample consists of 35 case, gathered in the region of Lisbon: Local Criminal Court - 1st Section Central Criminal Procedure. The results, even if merely indicative, demonstrate a low punitive severity within the conjugal violence, which may indicate the need to restructure the punitive context in such crimes, whether in primary or in secondary criminalization, demanding a judicial psychological approach to the problem.
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    Prevención de maltrato de infantes : evaluación del impacto de un programa en el desarrollo de los niños
    (Murcia: Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 1999) Cerezo, Mª Ángeles; Dolz, Laura; Pons-Salvador, Gemma; Cantero López, María José
    El programa "Apoyo psicológico maternoinfantil" es una actuación preventiva que se focaliza en los niños menores de dos años, un sector de la población especialmente vulnerable a las prácticas de riesgo de maltrato en el ámbito familiar. El objetivo general es apoyar y promover el desarrollo de la competencia parental en el contexto de la relación con el niño. El propósito del estudio, que forma parte de un programa de investigación más amplio, fue someter a contrastación el impacto del programa en la faceta de maduración evolutiva de los niños. Se subraya, sin embargo, que las mejoras evolutivas se consideran un indicador indirecto de la mayor implicación de las madres en el desarrollo de sus niños. En este estudio participaron 240 niños de 0 a 18 meses, distribuidos en 12 grupos, 6 experimentales, con distintos niveles de participación en el programa, y 6 controles. Los resultados mostraron que los niños del programa obtuvieron cocientes de desarrollo global significativamente superiores que los controles, a partir de la cuarta visita. Los resultados en las áreas específicas de conducta adaptativa y motriz fina mostraron resultados en la misma dirección, mientras que el desarollo de la conducta motora gruesa parece mostrar el impacto del programa en menor medida. Las implicaciones de estos resultados son objeto de discusión.
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    La violencia de género en el ámbito laboral
    (2014-04-11) Uris Lloret, José María; Sánchez Trigueros, Carmen; González Díaz, Francisco A.; Facultad de Derecho
    La violencia de género, es decir la violencia ejercida sobre la mujer por el hecho de serlo, se ha convertido en un problema social de permanente actualidad y de gran dimensión en nuestro país, como también sucede en el conjunto de los países desarrollados. Aunque sólo las agresiones físicas o psíquicas que sufren las mujeres en el seno de la relación de pareja son objeto de protección por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la citada Ley también considera como expresión de la violencia de género las agresiones que sufre el sexo femenino en el ámbito laboral. La presente Tesis Doctoral se propone analizar los comportamientos violentos de que son objeto las mujeres en los lugares de trabajo y los medios para prevenirlos, tomando como base la idea de que cuanto más libremente puedan desarrollar su actividad, más cerca estaremos de una sociedad igualitaria y mayores serán los niveles de prosperidad y bienestar del conjunto de la sociedad. OBJETIVOS Presuponiendo que este riesgo laboral, como todos los demás, debe erradicarse o minimizarse, la investigación se ha marcado los siguientes objetivos:  Examinar y valorar la situación de la mujer en la sociedad actual; cuál es su rol y cómo le afectan las diversas circunstancias que acontecen a su alrededor.  Conocer el papel de la mujer en el ámbito laboral, las diversas circunstancias que se han producido en la historia reciente y su situación en la actualidad.  Analizar las agresiones laborales padecidas por las trabajadoras, en cuanto mujeres, incidiendo en los diversos recursos que se deberán integrar en el sistema general de gestión de las empresas para prevenir los comportamientos violentos. METODOLOGÍA Adoptando una posición sincrética y pluralista desde la óptica metodológica, las tareas acometidas son las siguientes:  Examinar los datos estadísticos a través de las encuestas y los análisis y comentarios realizados sobre las mismas.  Analizar la bibliografía que se considera más importante sobre esta materia.  Estudiar guías, procedimientos, planes de igualdad, convenios colectivos y medidas que se han puesto en marcha para prevenir los diversos tipos de violencia en el ámbito laboral, con el fin de investigar la eficacia de las mismas.  Visitar los Centros especializados para conocer desde el punto de vista práctico cómo se están tratando estos conflictos laborales. CONCLUSIONES Las estadísticas reflejan una incidencia considerable de comportamientos incívicos hacia las mujeres trabajadoras. Pese a lo alarmante de estos datos los expertos señalan que lo que se conoce es sólo la punta del iceberg de lo que existe porque estamos ante un delito oculto, esto es, un delito que sale a la luz y se denuncia proporcionalmente muy poco y, por tanto, sus verdaderas cifras son difíciles de conocer. Estamos ante un problema socio-laboral de relevancia, que está provocando unos daños en la salud de la población femenina muy graves y que supone una barrera para conseguir la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres en todos los campos. Conocer mejor su marco normativo, así como la tipología de supuestos planteados constituye un presupuesto para combatir adecuadamente las causas. Para erradicar las agresiones de que son objeto las mujeres en el ámbito laboral es imprescindible avanzar en diversos campos, siendo fundamental la construcción de un nuevo modelo social en donde participen ambos sexos en términos de igualdad. PALABRAS CLAVE: Género, acoso, acoso sexual, acoso por razón de género, acoso moral, violencia de género, igualdad, discriminación, conciliación. SUMMARY Gender violence, violence applied over the women, has become a currently social problem, that has a huge importance in our country, and in the rest of developed countries. Only physical or psychological aggressions that women suffer in their relationships are protected by the Organic Law 1/2004, of 28th. December, of Measures destinated to the Integral Protection Against Gender Violence. Although, this Law consider the aggressions that women suffer in their work environment like a expression of gender violence. The present thesis analyze the violent behaviours that women suffer in their work environment and the ways to prevent them. Because the more freedom the woman has while she is working, and without any type of obstacles, the closer we are to a equal society, and the levels of prosperity and welfare of entire society will be bigger. OBJECTIVES The present investigation has indicated the following objectives, presupposing that this laboral risk, like the others, must and could be eradicated:  Examine and value the woman situation in our society, which is her role and how she is affected by the circumstances around her.  Know the woman´s role at her work environment, events of recent history and her situation at the moment.  Analyze aggressions that female workers suffer in their work environment, and the resources that must be integrated on the companies to prevent the violent behaviours. METHODOLOGY Taking a syncretic and pluralist position, from the methodological point of view, the tasks to do are the following:  Examine the statistical information obtained of surveys and analysis and comments about these surveys.  Analyze the most important bibliography about this issue.  Study guides, methods, equality plans, collective agreement and measures to prevent the different types of violence on the work environment, with the intention of investigate their utility.  Visit the Specialized Centers to know how this labour conflict is been treated from a practical point of view. CONCLUSIONS Statistics show an elevated incidence rate of antisocial behaviours over the female workers. In spite of this information, some experts indicate that we only know the iceberg´s top, because we are in front of a hidden crime, it means, a crime that we know and it is denounced only in a few occasions and, therefore, it is very difficult to discover the real numbers. We are in front of an important social and labour problem. This is causing very serious damages in the health of women and it is a barrier to achieve the equality of rights and opportunities between men and women. To know better its regulatory framework, and the typology of real cases analyzed, could allow us to combat the causes. To eradicate the women aggressions in the work environment, we consider essential to progress in many ambits. The most important is the construction of a new social model where both sexes participate equally. KEYWORDS Gender, harassment, sexual harassment, gender harassment, moral harassment, gender violence, equality, discrimination, conciliation.
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    ¿Voluntad legislativa y/o deficiencia ejecutiva? : un análisis de la aplicación de las leyes de protección, sanción y erradicación de violencia familiar y hacia la mujer de la ciudad de Neuquén-República Argentina
    (2014-12-01) Gramajo, Sandra Angélica; Chacón Jiménez, Francisco; Facultad de Trabajo Social
    OBJETIVOS GENERALES - Visualizar cómo se lleva a cabo en la ciudad de Neuquén la implementación de las leyes provinciales 2785 y 2786, de prevención, sanción y erradicación de la violencia familiar y hacia la mujer respetivamente. OBJETIVOS ESPECIFICOS - Analizar la incidencia las políticas públicas en la consumación de las leyes en estudio. - Visibilizar los favorecedores y obstaculizadores que se presentifican en la aplicación de la ley. ESTRATEGIA TEÓRICO-METODOLÓGICA. El presente trabajo es un estudio descriptivo de enfoque cualitativo. Descriptivo porque busca especificar propiedades, características y rasgos importantes de lo que se analiza y proporciona una respuesta a las preguntas de cómo ocurrió algo y quién estuvo involucrado. También optamos por la elección de los datos cualitativos porque los mismos se recogen a menudo con la investigación de campo. Optamos (en relación a los múltiples marcos teóricos) tomar la definición de violencia familiar y hacia la mujer establecida en las leyes provinciales 2785 y 2786. CONCLUSIONES FACILITADORES - La presencia de un importante marco jurídico (internacional, nacional y provincial) en torno a la prevención de la violencia. - La modificación de la ley 2212 por la 2785 y 2786, lo que motivó el comenzar con la articulación interinstitucional y la ampliación de las instituciones efectoras y su delimitación de funciones. - La existencia de una ley de violencia familiar y otra de violencia hacia la mujer que focaliza claramente los diversos tipos y modalidades de violencia hacia esta. - La creación de la Oficina de violencia. - La disposición para comenzar acciones de articulación interinstitucionales e interdisplicinarias. - Mayor sensibilización de la población respecto de la violencia, lo que conduce a un incremento de denuncia de la misma. - El ingreso de profesionales en el Ministerio de Salud formados y sensibilizados en torno a la violencia. OBSTACULIZADORES - Insuficiencia de presupuesto asignado por el gobierno de la provincia de Neuquén, en función de las leyes de violencia 2785 y 2786 aprobadas por la Legislatura de la Provincia. Es de señalar que la ley 2785 ya posee su reglamentación y aún no se cuenta con recursos humanos y materiales que permitan viabilizar la puesta en práctica de las acciones que se propone. - El ejecutivo no destina los fondos suficientes para capacitación de los efectores y supervisión de tareas y puesta en práctica de las leyes. - Carencia de monitoreo en las instituciones efectoras de la ley. - No se ha aplicado aún un protocolo único de actuación, común a todas las instituciones. - Existencia de subregistros y carencia de registros institucionales estadísticos que puedan brindar un informe exhaustivo. - Insuficiencia de campañas de prevención a nivel provincial y nacional. - No se promueve desde el Estado la responsabilidad social empresaria en la difusión de campañas publicitarias. - Los jueces, los abogados y la institución judicial poseen fuertes mandatos patriarcales que están impresos en su accionar. - El miedo aprendido y dichos mandatos patriarcales contribuyen a la naturalización de las situaciones de violencia y a la no denuncia. - La articulación con otras instituciones, no es aún, un mecanismo de coordinación presente en las prácticas de los agentes. - La carencia de equipos consolidados en el tiempo por parte de las distintas instituciones, difumina la claridad en el accionar de los agentes. - Dificultad de la observancia del cumplimiento de las medidas cautelares. - En las instituciones educativas de diferentes niveles aún no se incluyó en la currícula, el estudio de la violencia familia y hacia la mujer. GENERAL OBJECTIVES - To visualise how the implementation of the Provincial Laws 2785 and 2786, of prevention, sanction and eradication of domestic and gender violence, respectively, is carried out in the city of Neuquén. - SPECIFIC OBJECTIVES - To analyse the impact of public politics on the consummation of the laws under study. - To visualise the supporting points and obstacles that are present in the aplication of the law. THEORETICAL AND METHODOLOGICAL STRATEGY The present work is a descriptive study of a cualitative approach. It is descriptive because it aims at looking for specific attributes, characteristics and important traits out of which one can analyse and give answers to the questions of how an event occured and who was involved. We have also selected some cualitative data as they are often gathered from the field investigation. We have chosen (in relation to the multiple theoretical frameworks) to define the terms of “domestic violence” and “gender violence” in accordance to their definitions provided by the Provincial Laws 2785 and 2786. CONCLUSIONS SUPPORTING POINTS - The existence of an important judicial framework (international, national and provincial) in relation to violence prevention. - The replacement of the law 2212 by the laws 2785 and 2786, what originated an integrated articulation among institutions and the expanding of the institutions relating to violence prevention together with the delimitation of their functions. - The existence of a law of domestic violence and of a law of gender violence which focus on the various types and ways of violence towards women. - The creation of an Office attending cases of violence. - The predisposition to begin actions of interinstitutional and interdiscipline articulation. - The increasing awareness of the population towards the issue of violence, what has led to an increasing amount of abuse reports. - The admission of new profesional staff in the Ministery of Health, staff with sufficient knowledge about violence issues. OBSTACLES - Lack of budget provided by the government of the Province of Neuquen, in relation to the laws of violence 2785 and 2786 already approved by the Parliament of Neuquen. Regarding the law 2785, it has its regulations but it has no human and material resources that may allow that the proposed actions can be put into practice. - The Executive Power does not provide the sufficient funds so as to offer training, support and supervising of tasks and actions so as to put laws into practice. - Lack of monitoring of the institutions in charge of implementing the laws. - No implementation of a unique protocol of a common actions among the institutions. - Lack of institutional record books which may give thorough statistics data. - Not enough national or local campaigns to raise awareness of the risks of violence - No estate advertising campaings to promote the social responsibility as regards violence. - Judges, lawyers and the judicial system have strong patriarcal mandates which are beyong their behaviour. - The learned fear and patriarcal mandates which contribute to the naturalization of the situations of violence and no reporting of abuse. - The articulation with other institutions does not mean a mechanism of coordination, present in the practices of the agents. - Lack of consolidated institutional teams throughout the time, and which affects the clear actions done by the different agents involved. - Non-fulfilment of precautionary measures - The study of domestic and gender violence is not considered in the curriculum of the system of Education.

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