Browsing by Subject "Informed consent"
Now showing 1 - 6 of 6
Results Per Page
Sort Options
- PublicationOpen AccessAspectos generales de la regulación española de ensayos clínicos. El consentimiento informado(2017-04-24) Vieito Villar, MiguelLa reciente aprobación y entrada en vigor del nuevo Reglamento Europeo 536/2014 ha supuesto una actualización del régimen legal de los ensayos clínicos en el territorio de la Unión. De entre las materias abordadas con mayor profundidad en este texto, destaca el consentimiento informado, que pasa a tener un papel central como mecanismo de garantía de la autonomía de los sujetos participantes.Es nuestra finalidad con el presente trabajo, ofrecer una visión general del consentimiento informado para ensayos clínicos, como introducción y toma de contacto con esta institución. Comenzaremos por delimitar qué debemos entender por ensayo para, posteriormente, analizar qué supone el consentimiento informado, tanto desde un punto de vista formal, en relación con la documentación que habrá de aportarse para poder llevar a cabo un ensayo clínico, como desde un punto de vista substantivo. Por último, analizaremos las normas técnicas de la investigación con relación al consentimiento, con gran peso específico entre la comunidad científica.
- PublicationOpen AccessAutonomía en el ámbito sanitario de las personas con discapacidad: el dilema que plantea la Ley de Autonomía del Paciente y su reflejo en la doctrina del TC.(Instituto de Derecho Iberoamericano, 2024-02) Andreu Martínez, María Belén; Derecho CivilAnte la falta de adaptación de la legislación sanitaria y, en particular, de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente (LAP) a la reforma operada por la Ley 8/2021, de 2 de junio, se plantea el papel que han de jugar en el ámbito sanitario los nuevos criterios contenidos en los arts. 249 y ss. del Código Civil. En este trabajo se contiene una propuesta de reforma de esta normativa, en concreto, de los arts. 3, 5 y 9 LAP. También se analizará cómo debe aplicarse, en tanto no se modifique, la regulación contenida en esta Ley. Dedicaremos una especial atención a los criterios de actuación del representante previstos en el art. 9.6 LAP, en la medida en que ésta ha sido la cuestión central resuelta por el TC en su sentencia 38/2023, a propósito de la constitucionalidad de las autorizaciones judiciales para la vacunación contra la COVID-19 de personas mayores institucionalizadas, sentencia que también será objeto de análisis en el trabajo.
- PublicationOpen AccessCriterios para el internamiento y hospitalización involuntaria por situación de emergencia psiquiátrica(Universidad de Murcia, 2025-01-21) Vizcarra Villegas, Noe; Osuna Carrillo de Albornoz, Eduardo Javier; Escuela Internacional de DoctoradoIntroducción: Según la OMS los problemas de salud mental constituyen graves problemas de salud pública y se encuentran en serio incremento. Para el manejo de estos problemas, un recurso terapéutico transitorio es el internamiento y la hospitalización psiquiátrica sin el consentimiento del paciente, lo cual implica la afectación del derecho fundamental a la libertad personal, por lo que es de vital importancia conocer cuáles son los criterios que consideran los médicos psiquiatras para restringir este derecho fundamental, especialmente si nos encontramos ante un grupo de personas vulnerables, máxime, si de acuerdo a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, las personas con discapacidad mental tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que las demás personas en todos los aspectos de la vida. Objetivos: Analizar los aspectos médicos y legales del ingreso y de la hospitalización involuntaria urgente por razones de trastorno psíquico en el Servicio de Emergencia del Hospital “Víctor Larco Herrera” de Lima – Perú, durante el año 2022. Los objetivos específicos son describir las características sociodemográficas, clínicas y circunstancias que motivaron el internamiento involuntario y analizar si los criterios que han sido tenidos en cuenta por los médicos psiquiatras para el internamiento y hospitalización involuntaria se adecúan a los principios éticos y a las normas legales que regulan esta situación. Material y métodos: Se ha realizado un estudio cuantitativo, observacional, transversal, analítico y retrospectivo. La población de nuestro estudio fue la totalidad de pacientes internados u hospitalizados en el Servicio de Emergencia del Hospital “Víctor Larco Herrera”, durante el año 2022 (n = 706), así como los médicos psiquiatras y médicos residentes de psiquiatría del citado Servicio (n = 30). Para el proceso de recogida de datos se analizaron las historias clínicas de los pacientes y se administró una encuesta a los médicos encargados del internamiento. Resultados: El 61,76% de los pacientes internados son mujeres. Hay que destacar que en el 8.36% de los casos los pacientes eran menores de edad y en el 89.38% de las ocasiones los usuarios fueron internados y hospitalizados de forma involuntaria o sin su consentimiento. La etiología más frecuente es la esquizofrenia paranoide (33,14%), seguida del trastorno de la personalidad emocionalmente inestable (8,78%) y el trastorno bipolar, episodio actual maníaco con síntomas psicóticos (7,79%). El 52.30% de los pacientes tuvieron una permanencia hospitalaria de entre 4 a 10 días. Hay que destacar que el 5.10% de los internamiento y hospitalizaciones, no cuentan con consentimiento para el internamiento y la hospitalización otorgado por el propio paciente o su representante legal. En los pacientes con esquizofrenia los criterios utilizados para el internamiento son la violencia previa y/o antecedentes de conducta antisocial (16,67%) y la ideación violenta pasada o presente (16,67%). Conclusiones: La hospitalización y el internamiento involuntario son medidas terapéuticas excepcionales. En la actualidad no existen criterios médicos unívocos y universales para cada tipo de trastorno mental, claramente establecidos para proceder el internamiento u hospitalización involuntaria. En nuestro estudio los criterios más utilizados fueron los criterios legales establecidos en la ley de salud mental peruana, y los menos valorados fueron los indicadores de peligro, pues según la legislación peruana el internamiento y la hospitalización se debe realizar sin discriminación atribuida a peligrosidad o a otros prejuicios propios de la estigmatización hacia las personas con problemas de salud mental.
- PublicationOpen AccessEl derecho a la autonomía de los pacientes en los cuidados intensivos neonatales de la Región de Murcia(Universidad de Murcia, Editum, 2019) Rodríguez Rabadán, Mª DoloresLas prácticas sanitarias realizadas en Unidades de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) se caracterizan por realizarse frecuentemente en situaciones de urgencia vital con pacientes que no pueden decidir por sí mismos. Estas peculiaridades propician que los profesionales sanitarios no identifiquen el derecho del paciente a su autonomía en numerosas ocasiones. Al mismo tiempo, la regulación de este derecho mediante la ley básica 41/2002 y su consecuente desarrollo legislativo, proporciona una terminología variada y heterogénea. Desde la perspectiva de los cuidados, se analiza en la legislación las figuras del médico responsabley el enfermero responsable, haciendo una lectura crítica y minuciosa de la regulación tanto de la información como el consentimiento informado en las UCINs en la Región de Murcia.
- PublicationOpen AccessEl derecho de autodeterminación del menor maduro en el ámbito de la salud(2018-03-08) Markova Ivanova, Angelina SlavchevaDesde los hitos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la regulación de los derechos de la personalidad de los menores de edad ha experimentado grandes cambios en su evolución histórico-legal, tambaleándose según las corrientes políticas gobernantes hacia modelos normativos más o menos respetuosos con el interés superior del menor, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad. Este trabajo se ciñe a examinar la capacidad de autodeterminación del menor maduro en un ámbito concreto —el sanitario—, en relación a dos derechos personalísimos: el derecho a la salud y el derecho a la identidad de género, proponiendo al mismo tiempo una estrategia de evaluación de dicha capacidad que armoniza los valores en puja en este terreno.
- PublicationOpen AccessTelemedicina. Una mirada a las buenas prácticas éticas y jurídicas internacionales. En particular, la confidencialidad y el consentimiento informado en la legislación latinoamericana.(Universidad de Murcia, Servicio de Publicaciones, 2021) Valerio Monge, Carlos JoséLa pandemia del covid-19 ha traído consigo el fortalecimiento de distintas formas de prestación de servicios de salud con el fin de adecuarlos a las circunstancias de esta emergencia. Uno de ellos ha sido la Telemedicina, la cual se ha constituido en una adecuada respuesta a las limitaciones de la prestación de servicios presenciales producto de las medidas sanitarias de distanciamiento y movilización. En este artículo, se revisarán las principales recomendaciones éticas y jurídicas que orientan una correcta prestación de servicios telemáticos. La Asociación Médica Mundial, el Informe de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médico Colegial de España del 10 de junio de 2020 y el Ministerio de Salud de Argentina del 2019, plantean una serie de recomendaciones éticas para asegurar una prestación de servicios telemáticos que respondan a las exigencias y a los cánones de respeto de los derechos de los pacientes y a las exigencias de la Salud Pública. Particularmente, con la Telemedicina cobra vigencia la teoría civilista de los Valores de la Personalidad como la imagen, la voz y el nombre. Pero, sobre todo, el respeto al derecho a la confidencialidad se torna medular, su adecuado manejo y sus excepciones y, particularmente el consentimiento informado como presupuesto indispensable para la realización de una consulta médica por medio de la Telemedicina. Se repasan al final las regulaciones nacionales e internacionales sobre esta materia, en particular las regulaciones de Brasil, Perú, Colombia, Argentina y Uruguay.